SECRETARÍA GENERAL DE
INNOVACIÓN, INDUSTRIA Y TECNOLOGÍA.
Agencia Andaluza de la Energía.
Subvenciones para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía: Procedimiento Simplificado.
Resumen:
El procedimiento simplificado para la concesión de subvenciones para el desarrollo energético de Andalucía será aplicable a las actuaciones comprendidas en los Anexos VII (Programa Específico Prosol) y VIII (Programa Específico para la Adquisición de Vehículos Eficientes) de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en los términos previstos en dichos Anexos, así como a las que se incluyan en los Programas Específicos cuando así lo prevean sus convocatorias.
La tramitación y resolución del procedimiento simplificado se regirá por lo establecido en la Sección 2ª del Capítulo II de la Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y, en todo lo no establecido por ella, por lo dispuesto en la Sección 1ª de este Capítulo, correspondiente al "procedimiento general".
La convocatoria 2011 incluye en este procedimiento el Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía.
Requisitos:
Anexo IIA ( Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía). BOJA 68, de 06/04/11
Programa Específico Prosol": Anexo VII y artículo 12 de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Artículo 27 de la Orden de 4 de febrero de 2009, con la redacción dada por el apartado Catorce de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Programa Específico para la Adquisición de Vehículos Eficientes: Anexo VIIII y artículo 12 de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Formularios:
Subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Procedimiento simplificado. Anexo III B.
Incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Autorización a tercero para actuar en representación del solicitante beneficioario para actuaciones de tramitación simplificada. Solicitud. Anexo V B.
Subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Programa de iluminación eficiente de Andalucía. Procedimiento simplificado. Solicitud. Anexo II B.
Documentación Anexa:
Resuelvo Séptimo punto 2 (Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía) de la Resolución de 24 de marzo de 2011, de la SG de Desarrollo Industrial y Energético. BOJA 68, de 06/04/11
Órganos Competentes:
Órgano que resuelve: Agencia Andaluza de la Energía
Órgano que tramita: Agencia Andaluza de la Energía
Plazo Máximo Resolución / Notificación:
1 Mes
A contar desde la presentación de la solicitud.
Silencio administrativo: Desestimatorio
Normativa:
Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2009-2014. (la disposición final primera del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, añade un nuevo apartado 7 al artículo 17). BOJA 30, de 13/02/09
Resolución de 24 de marzo de 2011, de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, por la que se convocan las subvenciones acogidas a determinados Programas Específicos para el fomento del ahorro y la eficiencia energética en edificios y sus instalaciones. BOJA 68, de 06/04/11
Resolución de 25 de julio de 2012, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se modifican diversas Resoluciones de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, y se establece la fecha límite para la reserva de fondos, la adquisición subvencionada y la presentación de solicitudes en relación con determinados Programas Específicos de la Orden de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. BOJA 152, de 03/08/12
Orden de 18 de diciembre de 2014, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se modifica la de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el año 2015. BOJA 251, de 24/12/14
Orden de 7 de diciembre de 2010, por la que se modifica la de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2009-2014. BOJA 244, de 16/12/10
Plazos de Solicitud:
Programa Climatización Eficiente de Andalucía: Comenzará a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución de 14 de marzo de 2011, de la SG de Desarrolo Industrial y Energético (BOJA nº 68, de 6 de abril) y permanecerá abierto hasta tanto se declare su conclusión mediante resolución publicada en el BOJA en la que se establecerá la fecha límite de presentación de solicitudes.
14/02/2009 - 01/06/2015
Programa Específico PROSOL y Programa Específico Adquisición de vehículos eficientes: el plazo de presentación de solicitudes de reserva de fondos y subvenciones se iniciará en la fecha de entrada en vigor de la Orden de 4 de febrero de 2009 (BOJA nº 30, de 13 de febrero de 2009) y finalizará el 1 de junio de 2015.
Agencia Andaluza de la Energía.
Subvenciones para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía: Procedimiento Simplificado.
Resumen:
El procedimiento simplificado para la concesión de subvenciones para el desarrollo energético de Andalucía será aplicable a las actuaciones comprendidas en los Anexos VII (Programa Específico Prosol) y VIII (Programa Específico para la Adquisición de Vehículos Eficientes) de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia, en los términos previstos en dichos Anexos, así como a las que se incluyan en los Programas Específicos cuando así lo prevean sus convocatorias.
La tramitación y resolución del procedimiento simplificado se regirá por lo establecido en la Sección 2ª del Capítulo II de la Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, y, en todo lo no establecido por ella, por lo dispuesto en la Sección 1ª de este Capítulo, correspondiente al "procedimiento general".
La convocatoria 2011 incluye en este procedimiento el Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía.
Requisitos:
Anexo IIA ( Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía). BOJA 68, de 06/04/11
Programa Específico Prosol": Anexo VII y artículo 12 de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Artículo 27 de la Orden de 4 de febrero de 2009, con la redacción dada por el apartado Catorce de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Programa Específico para la Adquisición de Vehículos Eficientes: Anexo VIIII y artículo 12 de la Orden de 7 de diciembre de 2010 de la Consejería de Economía, Innovación y Ciencia. BOJA 244, de 16/12/10
Formularios:
Subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Procedimiento simplificado. Anexo III B.
Incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Autorización a tercero para actuar en representación del solicitante beneficioario para actuaciones de tramitación simplificada. Solicitud. Anexo V B.
Subvenciones para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. Programa de iluminación eficiente de Andalucía. Procedimiento simplificado. Solicitud. Anexo II B.
Documentación Anexa:
Resuelvo Séptimo punto 2 (Programa de Iluminación Eficiente de Andalucía) de la Resolución de 24 de marzo de 2011, de la SG de Desarrollo Industrial y Energético. BOJA 68, de 06/04/11
Órganos Competentes:
Órgano que resuelve: Agencia Andaluza de la Energía
Órgano que tramita: Agencia Andaluza de la Energía
Plazo Máximo Resolución / Notificación:
1 Mes
A contar desde la presentación de la solicitud.
Silencio administrativo: Desestimatorio
Normativa:
Orden de 4 de febrero de 2009, de la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2009-2014. (la disposición final primera del Decreto-ley 1/2014, de 18 de marzo, añade un nuevo apartado 7 al artículo 17). BOJA 30, de 13/02/09
Resolución de 24 de marzo de 2011, de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, por la que se convocan las subvenciones acogidas a determinados Programas Específicos para el fomento del ahorro y la eficiencia energética en edificios y sus instalaciones. BOJA 68, de 06/04/11
Resolución de 25 de julio de 2012, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se modifican diversas Resoluciones de la Secretaría General de Desarrollo Industrial y Energético, y se establece la fecha límite para la reserva de fondos, la adquisición subvencionada y la presentación de solicitudes en relación con determinados Programas Específicos de la Orden de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía. BOJA 152, de 03/08/12
Orden de 18 de diciembre de 2014, de la Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empleo, por la que se modifica la de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un Programa de Incentivos para el Desarrollo Energético Sostenible de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el año 2015. BOJA 251, de 24/12/14
Orden de 7 de diciembre de 2010, por la que se modifica la de 4 de febrero de 2009, por la que se establecen las bases reguladoras de un programa de incentivos para el desarrollo energético sostenible de Andalucía y se efectúa su convocatoria para los años 2009-2014. BOJA 244, de 16/12/10
Plazos de Solicitud:
Programa Climatización Eficiente de Andalucía: Comenzará a partir del día siguiente al de publicación de la Resolución de 14 de marzo de 2011, de la SG de Desarrolo Industrial y Energético (BOJA nº 68, de 6 de abril) y permanecerá abierto hasta tanto se declare su conclusión mediante resolución publicada en el BOJA en la que se establecerá la fecha límite de presentación de solicitudes.
14/02/2009 - 01/06/2015
Programa Específico PROSOL y Programa Específico Adquisición de vehículos eficientes: el plazo de presentación de solicitudes de reserva de fondos y subvenciones se iniciará en la fecha de entrada en vigor de la Orden de 4 de febrero de 2009 (BOJA nº 30, de 13 de febrero de 2009) y finalizará el 1 de junio de 2015.